Revisamos, elaboramos y validamos el etiquetado de tus productos alimentarios para que cumplan el Reglamento (UE) 1169/2011, evites sanciones y diferencies tu marca en el lineal.
El etiquetado alimentario es la principal herramienta de comunicación entre el fabricante y el consumidor. Su contenido, formato y veracidad están estrictamente regulados por el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre información alimentaria facilitada al consumidor (FIC), que unificó en toda la Unión Europea los requisitos de información obligatoria.
Una etiqueta mal redactada no es solo una infracción administrativa sancionable: puede provocar alertas sanitarias, retiradas de producto del mercado y pérdidas comerciales si un distribuidor rechaza la partida. Las grandes superficies son especialmente estrictas y pueden desconfiar de la marca ante cualquier error, por pequeño que sea.
En Quimicral revisamos, redactamos y validamos el etiquetado de tus productos: lista de ingredientes, declaración nutricional, alérgenos destacados, denominación legal, origen obligatorio, menciones específicas (vino, carne, aceite, pescado…) y cumplimiento del formato legal.
Estos son los elementos que toda etiqueta de producto envasado debe incluir según el Reglamento (UE) 1169/2011.
Cubrimos todo el ciclo del etiquetado: diseño desde cero, revisión de existentes y adaptación a mercados internacionales.
Elaboramos la etiqueta completa con denominación legal, ingredientes, alérgenos, cantidad neta, lote, conservación y responsable.
Redacción técnica con orden decreciente de peso, denominaciones legales correctas, aditivos con categoría funcional y número E.
Cálculo de valores energéticos y nutrientes obligatorios, con software profesional y bases de datos oficiales.
Revisión de etiquetas para mercados UE, Latinoamérica, Reino Unido, Suiza… traducción y adaptación a normativa local.
Validación del diseño del etiquetado antes de imprenta: tipografías, tamaños, destacados de alérgenos y disposición legal.
Informe técnico con validación del cumplimiento normativo, aporta seguridad ante inspecciones y auditorías IFS/BRC.
Proceso sistemático para garantizar que cada etiqueta cumple al 100% la normativa europea y las exigencias del cliente B2B.
Recibimos tu receta completa con porcentajes, proveedores de ingredientes, ficha técnica de aditivos y especificaciones del envase final.
Calculamos los valores energéticos y nutrientes obligatorios a partir de la receta, usando software profesional y bases de datos oficiales (BEDCA, CIQUAL, USDA).
Redactamos todas las menciones obligatorias: denominación legal, lista de ingredientes con alérgenos destacados, cantidad neta, lote, conservación, responsable.
Revisamos el arte final de tu diseñador comprobando entre otras cosas el tamaño de la fuente mínimo exigido, el campo visual y la disposición obligatoria de información.
Entregamos un dictamen de conformidad que acredita el cumplimiento del Reglamento (UE) 1169/2011 y normativa sectorial aplicable.
Según el Reglamento (UE) 1169/2011 son obligatorios: denominación del alimento, lista de ingredientes con alérgenos destacados, cantidades de ciertos ingredientes (QUID), cantidad neta, fecha de duración mínima (caducidad o consumo preferente), condiciones especiales de conservación, nombre del operador responsable, país de origen cuando proceda, modo de empleo si es necesario, declaración nutricional y, para bebidas con más de 1,2% de alcohol, grado alcohólico real. Cada sector (vino, carne, aceite, pescado…) tiene menciones específicas adicionales.
Las infracciones en etiquetado se tipifican según la Ley 17/2011 de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Las infracciones leves (omisiones menores, tipografía incorrecta) pueden ir de 600 a 5.000€; las graves (alérgenos no declarados, información engañosa, origen falso) de 5.001 a 30.000€; y las muy graves (productos peligrosos mal etiquetados, reincidencia) pueden superar los 600.000€. Además pueden decomisar la partida, inmovilizar stock en almacén y obligar a retirar del mercado.
Sí, con excepciones limitadas. Desde 2016 es obligatoria para todos los alimentos envasados, salvo: productos sin transformar (frutas, verduras, pescado fresco), bebidas con más del 1,2% de alcohol, productos artesanales vendidos directamente en pequeñas cantidades, especias, té, café y algunos productos similares. En el resto la tabla nutricional con 7 nutrientes obligatorios (valor energético, grasas, grasas saturadas, hidratos, azúcares, proteínas, sal) es obligatoria.
Los 14 alérgenos del Anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011 deben destacarse en la lista de ingredientes mediante un formato diferente al resto del texto: negrita, cursiva, MAYÚSCULAS, color distinto o subrayado. La forma más común es en negrita. No es válido solo listarlos al final de la etiqueta: deben aparecer destacados dentro de la propia lista de ingredientes donde se utilizan.
Solo si cumples las condiciones del Reglamento (CE) 1924/2006 sobre declaraciones nutricionales y saludables. "Bajo contenido en grasa" requiere ≤3g/100g; "rico en fibra" ≥6g/100g; "fuente de proteínas" cuando al menos el 12% del valor energético provenga de proteínas. Las declaraciones saludables más específicas ("reduce el colesterol") están en una lista cerrada autorizada por la EFSA. Las afirmaciones no justificadas son publicidad engañosa sancionable.
Depende del destino. En la UE, cada estado miembro exige la información obligatoria en su lengua oficial (o una lengua fácilmente entendida por el consumidor). Para exportar a Reino Unido, Suiza, Latinoamérica, EEUU, China… cada país tiene su normativa específica que puede requerir traducción, adaptación de declaraciones nutricionales (EEUU usa por ración en lugar de por 100 g), añadir información específica del país o pasar por registro oficial. Te asesoramos sobre los requisitos de cada mercado objetivo.
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